PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN

PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN
VITORIA-GASTEIZ

miércoles, 29 de mayo de 2013

CANCIÓN AL BARRIO DE SAN MARTIN

Tiene Vitoria
mil bellezas que admirar,
plazas, jardines y paseos
orgullos de la ciudad;
templos y calles muy hermosas
y una Florida sin par,
y entre los barrios que tiene
hay uno que es popular;
San Martín, barrio de San Martín,
con cariño te miro al pasar,
San Martín, barrio de San Martín,
cuando voy la llanada a admirar,
eres tú, barrio de San Martín,
barrio alegre, castizo y popular,
San Martín, lindo barrio alavés,
yo quisiera poder en tu seno morar.
Barrio de San Martín
para mí eres el barrio ideal,
porque hay nobleza en tí
y mirando a la llanada estás.
Yo quisiera poder en tu seno vivir y soñar,
eres para mí el preferido
y por eso te vengo a cantar.

jueves, 16 de mayo de 2013

EL CASO DEL JUDÍO JATO TELLO

En 1485, ante el tribunal del alcalde ordinario de la ciudad, Juan Fernández de Paternina, juez civil y criminal en primera instancia, Jato Tello en todo momento negó su culpabilidad de flasfemar y renegar de Dios por lo que fue sometido a tortura judicial como medio para obtener su confesión. Esta tortura estaba autorizada por el derecho procesal de la época en los casos en los que el delito juzgado, en caso de culpabilidad, conllevara una sentencia de pena de muerte o corporal. El tipo de tortura que padeció Jato Tello fue con toda probabilidad la del agua, ya que aparece mucho en los documentos judiciales. Consistía en situar al reo sobre el potro o sobre una escalera, atado de pies y manos, cabeza hacia abajo, e ir introduciendo en su boca cierta cantidad de agua, "jugando" con la posibilidad de traspasar el límite y ocasionarle la muerte por ahogo. Al principio se mantuvo en su inocencia, pero finalmente confesó que "era verdad que él había renegado".
El juez, una vez arrancada la confesión, y sin conceder a Tello el tiempo que establecía el derecho procesal para preparar su defensa, procedió a dictar sentencia condenatoria en los siguientes términos: mutilación de la lengua, cincuenta azotes (latigazos en la espalda), confiscación de la mitad de sus bienes y pago de las costas del proceso. Llegados a este punto, todo reo podía apelar del fallo judicial condenatorio, máxime si éste significaba efusión de sangre, y en el caso de los vitorianos su tribunal de segunda instancia o apelación se encontraba en la Sala del Crimen de la Real Chancillería de Valladolid. La mujer de Tello, Buenaventura, junto con su procurador solicitó al juez que les diera copia para poder apelar de su fallo ante el tribunal de la Chancillería.
Una vez más Juan Fernández de Paternina no actuó con arreglo a derecho, ya que sin conceder la apelación paso a ejecutar la sentencia. Jato Tello fue sacado de la carcel, situada en el Campillo, montado en un asno con una soga a la garganta y conducido a la picota (plataforma con una columna donde se colocaba al reo) situada en la actual Plaza de la Virgen Blanca. Durante todo el recorrido un pregonero proclamaba su delito y sentencia, de esta forma se añadía a su castigo una nota de escarnio público. Tello fue colocado en la picota, y allí, a la vista de todos los vitorianos, se le clavó la lengua a un madero en lugar de amputarla, debido a que muchas personas de la ciudad rogaron al juez que desistiera de hacerlo. Tampoco estuvo mucho tiempo ya que los ruegos de los vecinos consiguieron que su lengua fuera desclavada. De las otras partes de la sentencia no se libró.
Finalmente Tello consiguió ser oido en la Chancillería y allí se demostró su inocencia y la prevaricación del juez Juan Fernández de Paternina , que había actuado contra él por enemistad. Para resarcir a Tello la Real Chaccillería procedió a declarar que a Jato Tello se le debía restituir su honra y su hacienda, y a Juan Fernández de Paternina condenar por su actuación en las costas procesales del pleito críminal, que ascendieron a 7.500 maravedís. Por otra parte el mismo pregonero tuvó que proclamar su inocencia en estos términos "que ninguna ni algunas personas no sean osadas de decir al dicho Jato Tello ni a su mujer ni a sus hijos que fue azotado ni enclavada su lengua ni otra mengua ninguna tocante a la justicia que de él fue hecha en la ciudad por mandamiento del dicho Juan Fernández de Paternina". Aquel que dijera tales palabras sería condenado a una dura pena económica de 2000 maravedís, a repartir en dos mitades entre Jato Tello y las obras de mantenimiento de la muralla de Vitoria.
Después de ésto, en 1487 se recopilaron las ordenanzas segregadoras de la comunidad judía vitoriana, en 1488 se asaltó una sinagoga y en 1492 se hizo el edicto de expulsión de los judios.
Apuntes sacados del artículo de Iñaki Bazán de la GACETA MUNICIPAL DE VITORIA-GASTEIZ Nº 123 del 20 de febrero de 1999